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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362861
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 1644
DOCUMENTOS BASE DE LA ACCION, NATURALEZA JURIDICA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 1644
El hecho de que el tribunal de apelación, para el efecto de computar el término de la prescripción alegada, estime que los documentos exhibidos, no son libranzas, no significa en rigor de derecho, que cambie los límites del cuasi contrato del pleito, porque sin variar el concepto de la acción deducida y de la excepción opuesta, puede perfectamente examinar o aquilatar la naturaleza jurídica y el carácter mercantil de los documentos base de la acción, sobre todo cuando el propio demandado objeta de nulidad los documentos exhibidos, por carecer del carácter de verdaderas libranzas, en virtud de no mencionar la operación mercantil de que se derivan.
Precedentes
Recurso de súplica 94/31. Rocha Federico. 26 de julio de 1932. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.