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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362867
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 1706
REVALIDACION DE ACTUACIONES, PARTES EN LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 1706
En el incidente de revalidación de actuaciones, practicadas por autoridades ilegítimas, no son propiamente partes, sino quienes tenían ese carácter en las actuaciones que se pretende revalidar y, por tanto, no hay para qué se llame dicho procedimiento, a un extraño que, si tiene interés en el asunto, debe provocar su intervención. Ahora bien, el hecho de que un tercero haya adquirido una finca, motivo de las actuaciones que se pretende revalidar, no es, por sí sólo, causa para que se le considere como parte en las diligencias de revalidación, puesto que por tal adquisición no se subrogó en los derechos que tenían en el procedimiento nulo, las partes contendientes, y aun cuando así fuere, al subrogatario es a quien compete hacer uso de sus derechos; pero esto no puede implicar obligación del actor, para enderezar la acción de revalidación contra quien, sin haber sido parte en el juicio, es poseedor o propietario de la finca, ya que las citadas diligencias, en sí mismas, no entrañan una acción real que haya de seguirse contra el poseedor; por otra parte, el adquirente no puede tener más derechos de los que tenía su causante, adquiere la cosa en la condición jurídica en que se encontraba y, por tanto, queda obligado a las contingencias del pleito seguido contra dicho causante.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2838/31. Rodríguez Hernández Francisco. 28 de julio de 1932. Unanimidad de cuatro votos. Excusa: Ricardo Couto. La publicación no menciona el nombre del ponente.