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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362888
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 1936
NACIONALIZACION DE BIENES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 1936
El amparo que intente el agente del Ministerio Público en contra de la resolución que impida la ocupación de un bien que se trata de nacionalizar, debe admitirse y tramitarse en los términos de ley, ya que no se trata de una simple cuestión procesal, sino que el acto puede entrañar un perjuicio irreparable si se impide que la nación entre, desde luego, en la administración de la finca, mientras se tramita el juicio de nacionalización correspondiente.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2311/32. Agente del Ministerio Público. 6 de agosto de 1932. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.