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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362905
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 2115
ESCRITURAS, SEGUNDO TESTIMONIO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 2115
No puede ser considerado como documento público el segundo testimonio de una escritura, si el mismo fue expedido por el encargado del Archivo General de Notarías, haciendo constar que el notario no lo autorizó con su firma, porque es precisamente el notario ante quien se otorgó, a quien la ley concede la fe pública, para acreditar la autenticidad de los contratos que ante él se celebren.
Precedentes
Recurso de súplica 77/29. Sandoval Adrián, sucesión de. 16 de agosto de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.