Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/362911
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362911
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 2220
ACTO RECLAMADO, APRECIACION DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 2220
La teoría de que debe juzgarse del acto reclamado, en los términos en que fue del conocimiento de la autoridad responsable, sólo puede regir los casos en que dicho acto fue reclamado por quien es parte en el juicio, pero no por un tercero extraño.
Precedentes
Amparo civil en revisión 762/31. Adolfo Aymes e Hijos. 18 de agosto de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.