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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362933
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 2399
INFORMACION AD PERPETUAM, EFICACIA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 2399
Si la información ad perpetuam se rinde con posterioridad a la fecha en que el albacea de una sucesión ha sido puesto en posesión de la cosa reclamada, en el interdicto de adquirir la posesión hereditaria, no es posible admitir que tal información pueda comprobar que la posesión fuese fundada en justo título, de buena fe, pacífica, continua y pública.
Precedentes
Amparo civil directo 3773/30. Irribarren viuda de Mendía Soledad. 29 de agosto de 1932. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.