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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362972
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 255
PARTE CIVIL, AMPARO PEDIDO POR LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 255
El representante de la parte civil, únicamente puede iniciar el juicio de amparo en relación con aquellas determinaciones que afecten a sus intereses pecuniarios, y siempre que fueren dictadas en el incidente de responsabilidad civil.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2487/30. Hernández Castillo Amado. 13 de enero de 1932. Mayoría de tres votos. Disidentes: Enrique Osorno Aguilar y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.