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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362976
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 319
JUICIOS SUCESORIOS, ADICION A LOS INVENTARIOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 319
No procede adicionar los inventarios de una sucesión con el saldo de una cuenta corriente, entre el autor de la sucesión y un tercero, porque sería prejuzgar de la existencia de un saldo deudor contra éste, y ello no puede comprobarse incidentalmente, ni menos en su cuantía, ya que los referidos incidentes, sólo tienen por finalidad obligar al albacea que por negligencia, descuido, o intencionalmente ha omitido listar en los inventarios algunos bienes, a que liste éstos, pero siempre que conste que los propios bienes, cualquiera que sea su carácter, corresponden al referido autor de la herencia, y no definir la propiedad discutida, entre éste y un tercero, ventilando un juicio contradictorio en ese procedimiento incidental.
Precedentes
Amparo civil en revisión 4113/30. Carreón de Sciandra Carmen. 14 de enero de 1932. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Francisco H. Ruiz. La publicación no menciona el nombre del ponente.