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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363022
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 716
LEYES, AMPARO CONTRA LAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 716
La suspensión contra la expedición y promulgación de las leyes, es improcedente, si se trata de leyes ya expedidas y promulgadas, puesto que son actos ejecutados y se darían a la suspensión efectos restitutorios que sólo corresponden a la sentencia que se dicte en cuanto al fondo del amparo.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 2981/29. Núñez Pilar, sucesión de. 26 de enero de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.