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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363055
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 1011
DEMANDA, TITULOS DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 1011
La falta de presentación con la demanda, del título que acredita la acción, sólo obliga al Juez a desechar a aquélla de plano; pero si no lo hace así, el auto de admisión no es apelado, y la falta de presentación del título se subsana por el demandado, exhibiéndolo al contestar la demanda, dicho título hace prueba plena contra ambas partes, puesto que las dos lo admiten, no siendo indispensable que se rinda probanza alguna respecto de los hechos a que el título se refiere, ya que la prueba judicial sólo es indispensable con relación a hechos controvertidos.
Precedentes
Amparo civil directo 2905/23. González Vicente de P. 10 de febrero de 1932. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Ricardo Couto. La publicación no menciona el nombre del ponente.