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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363087
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 1372
COMPETENCIA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 1372
Corresponde a la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolver las competencias, que se susciten entre los tribunales de la Federación, entre éstos y los de los Estados, o entre los de un Estado y los de otro.
Precedentes
Competencia 383/31. Entre los Jueces de Primera Instancia del Ramo Civil de Tampico, Tamaulipas y Noveno de lo Civil del Distrito Federal. 29 de febrero de 1932. Mayoría de once votos. Disidente: Paulino Machorro y Narváez. La publicación no menciona el nombre del ponente.