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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363091
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 1400
DISPOSICIONES DE ORDEN PUBLICO Y RENUNCIABILIDAD DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 1400
Las prevenciones prohibitivas y por ende, de orden público, no son renunciables y los actos contrarios a su letra y espíritu, son violatorios de las garantías que consagra el artículo 14 constitucional.
Precedentes
Amparo civil en revisión 4325/30. Verástegui Salvador. 29 de febrero de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.