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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363103
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 1568
BIENES HEREDITARIOS, POSESION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 1568
La posesión de los bienes hereditarios se transmite, por ministerio de la ley, a los ejecutores universales, desde el momento de la muerte del autor de la herencia, poseyendo el albacea en nombre propio, por la parte que le corresponda en la misma persona, y en nombre ajeno, por la parte que corresponde a los demás herederos y legatarios.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1924/31. Zermeño Antonio, sucesión de. 5 de marzo de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.