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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363147
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 1939
ARRENDAMIENTO, CONDICIONES DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 1939
Conforme al artículo 3024 del antiguo Código Civil del Distrito, si la trasmisión de la cosa arrendada fuere a título singular, el arrendamiento subsistirá en los términos del contrato, y, en estos casos, debe admitirse que el arrendamiento subsiste y obliga y faculta en sus propios términos a los arrendatarios y a quienes suceden al arrendador en sus derechos.
Precedentes
Amparo civil directo 4048/29. García Zeferino y coagraviado. 31 de marzo de 1932. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Francisco H. Ruiz. la publicación no menciona el nombre del ponente.