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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363210
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 2496
NOTIFICACIONES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 2496
Si la persona notificada se manifiesta, en juicio, sabedora de la providencia, la notificación surtirá sus efectos, desde la fecha de la manifestación; de donde se deduce que si un litigante se presenta ante el juzgado y se entera de alguna providencia dictada, aun cuando no se ponga razón en los autos, de que en esta forma quedó notificado, si por otros medios indubitables, que constan en los autos, se llega a la convicción de que conoció el mandamiento judicial de que se trata, la notificación debe tenerse por hecha y surtir todos los efectos que le correspondan, aun cuando no se hayan observado las solemnidades que, conforme a la ley, deben cumplirse en la práctica de las notificaciones. No importa que el escrito en que el litigante se hace sabedor de una providencia judicial, vaya dirigido a autoridad distinta de la que dictó el auto, admitiendo un recurso; la ley no exige que la manifestación se haga precisamente ante el mismo Juez o tribunal que dictó la resolución de cuya notificación se trata; sólo previene que el litigante se haga sabedor en juicio, y no puede suponerse que cuando una parte se presenta a continuar el recurso de apelación, se trate de un acto ejecutado fuera de juicio.
Precedentes
Amparo civil en revisión 164/31. Cuesta Juan José. 20 de abril de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Cuarta Parte, Tercera Sala, página 568, tesis 188, de rubro "NOTIFICACIONES IRREGULARES.".