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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363223
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 2559
HIPOTECAS, DIVISION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 2559
Cuando el acreedor hipotecario consiente en que el bien raíz que le sirve de garantía, se divida, y que el deudor venda parte de ese bien raíz a otra persona, no puede después alegar que, en este contrato, es tercero, sino que debe reputarse como parte, toda vez que ha consentido en la división de la hipoteca.
Precedentes
Amparo civil directo 3621/24. Compañía de Mejoras de los Terrenos de Chapultepec. 21 de abril de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.