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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363231
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 2654
HIPOTECAS EN EL ESTADO DE HIDALGO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 2654
Si los contratantes fijan en la escritura constitutiva de una hipoteca, la cantidad determinada de la obligación que aquélla garantiza y algunas otras obligaciones accesorias, no reducidas a dinero, no puede decirse que no exista una obligación perfectamente líquida y exigible, porque existan otras a las que no puede afectar la hipoteca; y estimar lo contrario, es aplicar inexactamente la fracción IV del artículo 1850 y 1857 del Código Civil del Estado de Hidalgo.
Precedentes
Amparo civil directo 4014/30. Honey Ricardo, Sr., sucesión de y coags. 22 de abril de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.