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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363248
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 2779
RECONOCIMIENTO DE FIRMA DE UN INCAPACITADO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 2779
Cuando la persona que debe reconocer la firma que calza un documento, se encuentra física o legalmente impedido para reconocerla, como ese reconocimiento no tiene más objeto que acreditar la autenticidad de su firma y de su contenido, puede suplirse por algún otros de los medios de prueba establecidos por la ley.
Precedentes
Recurso de súplica 103/31. Bohigas León Federico. 27 de abril de 1932. Mayoría de tres votos. Disidentes: Francisco H. Ruiz y Ricardo Couto. La publicación no menciona el nombre del ponente.