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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363259
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 54
APELACION, CONTINUACION DEL RECURSO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 54
Ante la necesidad de que no se retarden indefinidamente los pleitos, dejando a merced del apelante el ejercicio de los derechos que adquiere al abrirse la segunda instancia, mediante la admisión del recurso, la ley quiso fijar un término para que se continúe la apelación interpuesta; pero esta medida no persigue como objeto que se determine desde qué momento puede el recurrente comparecer ante el superior; la única finalidad que de esta manera quiso alcanzarse, fue la de precisar cuándo concluye el plazo concedido para el ejercicio de los derechos a que se hizo referencia. Atendiendo a esta razón, es lógico concluir que el recurso de apelación puede ser continuando ante el tribunal, en cualquier momento, con tal que no haya expirado el término del emplazamiento.
Precedentes
Amparo civil en revisión 397/31. Noriega Laso Remigio, sucesión de. 1o. de septiembre de 1931. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.