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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363268
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 153
HIPOTECAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 153
La prueba de la acción en los juicios hipotecarios, la proporciona el título que motivó la expedición de la cédula; de tal manera que, de antemano, se considera probada la acción con este título, y sólo se examina en el juicio, las excepciones opuestas, una vez dictado el auto que admite la demanda y manda fijar la cédula; no es por tanto necesario, que el juicio hipotecario se abra a prueba, sólo para que el autor repita, durante la dilación probatoria, que desea que se tenga como prueba de su acción, el título que acompañó a su correspondiente demanda.
Precedentes
Amparo civil directo 2035/30. Guerrero Vicente. 4 de septiembre de 1931. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.