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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363275
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 192
PERSONAS MORALES OFICIALES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 192
Cuando la Hacienda Pública Federal, cobra un impuesto, no tiene el carácter de persona moral sino de autoridad, desde el momento en que el cobro de impuestos es una actividad de orden público y atributo de soberanía, ya que los impuestos son la vida del propio Estado; y aun cuando la Secretaría de Hacienda obre como un simple litigante, sometiéndose a la autoridad judicial para la aprobación de la liquidación que presenta, no pierde por este acto, su carácter de autoridad, puesto que no es más que un medio preparatorio para el cobro del impuesto que reclama. En consecuencia, si contra la resolución judicial ocurre en este caso, en amparo, la Secretaría de Hacienda, dicho amparo es improcedente.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1995/31. Hacienda Pública Federal. 7 de septiembre de 1931. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Joaquín Ortega. La publicación no menciona el nombre del ponente.