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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363282
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 214
ADJUDICACION EN REMATE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 214
La adjudicación no es sino una modalidad de los remates, que esencialmente consisten en la venta judicial de lo embargado para, con su producto, hacer pago al acreedor que obtuvo en el juicio, del importe de las prestaciones que reclamó del obligado, y en esas condiciones, lo dispuesto por la ley, en el artículo 836 del Código de Procedimientos Civiles, con relación a la apelabilidad del auto que aprueba un remate, es aplicable, por idéntica razón al que aprueba una adjudicación.
Precedentes
Amparo civil en revisión 626/30. Guerrero viuda de Gil Carolina. 8 de septiembre de 1931. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.