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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363285
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 251
NEGACION DE LA DEMANDA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 251
El hecho de no contestar la demanda y de tenerse por contestada en sentido negativo, no implica que deben tenerse por opuestas todas las excepciones establecidas por la ley, sino que la ficción consiste en dar por desconocida la existencia de la obligación, quedando relevado el reo de rendir las pruebas, y el resultado de la contienda sujeto al examen de la acción y de las pruebas producidas por el actor.
Precedentes
Amparo civil directo 1223/30. Mota de Nieto Hermelinda de la. 10 de septiembre de 1931. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Ricardo Couto. La publicación no menciona el nombre del ponente.