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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363298
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 348
SUPLICA, COSTAS EN LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 348
La Suprema Corte ha resuelto ya que, según lo dispuesto en el título segundo, capítulo primero de la ley reglamentaria del amparo, el papel de la misma Suprema Corte, tratándose de súplicas, sólo se contrae a revisar la sentencia de segunda instancia, para revocarla, confirmarla, reformarla, o anular el procedimiento, y mandarlo reponer, en su caso, pero no se extiende a conocer instancias o artículos que requieren una tramitación especial, contraria al funcionamiento de este tribunal y al objeto que se propuso el legislador, al crear el recurso de súplica; de lo cual resulta que la Corte no puede ni debe tramitar el incidente de regulación de las costas causadas ante ella, ni resolver sobre su cuantía, tanto menos, cuanto que, conforme al artículo 145 de la ley reglamentaria citada, pronunciada por la Suprema Corte, una sentencia en un recurso de súplica, que ante ella se interponga, devolverá los autos al tribunal de segunda instancia, de donde procedieron, para que éste haga que dicha sentencia sea ejecutada por quien corresponda, previniendo en seguida dicho precepto, lo que habrá de hacerse en caso de que se ejecutare desde luego el fallo pronunciado. En esa virtud, no es la Suprema Corte la que debe tramitar el incidente de costas causadas en la súplica, sino los tribunales a que el artículo 145 de la Ley de Amparo se refiere.
Precedentes
Súplica incidente de costas 103/30. La Blanca y Anexas, S. A. 17 de septiembre de 1931. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.