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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363335
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 637
MEXICANOS FUERA DE LA REPUBLICA, ESTADO CIVIL DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 637
Para establecer el estado civil de los mexicanos nacidos, reconocidos, sujetos a tutela, emancipados, casados o muertos fuera de la República, serán bastantes las constancias que presenten los interesados, siempre que estén conformes con las leyes del país en que los actos se hayan verificado, y que se hayan hecho constar en el Registro Civil respectivo, en la República.
Precedentes
Amparo civil directo 4306/30. Urrutia Aureliano. 25 de septiembre de 1931. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Ricardo Couto. La publicación no menciona el nombre del ponente.