Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/363365
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363365
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 846
LETRAS DE CAMBIO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 846
No puede decirse que la letra no expresa el lugar en que debe hacerse el pago, si se indica con precisión el domicilio del girado, y tampoco puede decirse que carece de validez, porque no expresa el concepto en que el girador recibió su importe, pues la acepción de la palabra "concepto", es la de objeto que concibe el espíritu, y es equivalente a la de propósito que se persigue en determinada acción; por tanto, para determinar el concepto en que el girador recibió el importe de la letra, no es indispensable que se manifieste en virtud de qué clase de operación especial, se hizo la traslación de la propiedad de la cantidad girada, cuando se consigna que el valor fue recibido. En la actualidad, la obligación que se contrae por la letra de cambio, es independiente de la causa, y por tanto, la expresión del concepto, no tiene ninguna eficacia cambiaria; de lo contrario, habría que exigir que se expresara esa causa, y no el concepto, por esto la ley dice: que cuando no se determina en qué concepto recibió el girador el importe de la letra, se tendrá por recibido en efectivo el valor de la misma.
Precedentes
Amparo civil directo 374/30. Rebollo León E. 1o. de octubre de 1931. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Joaquín Ortega no asistió a la sesión por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XX, página 825, tesis de rubro "LETRA DE CAMBIO.".