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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363368
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 858
TERCERIAS EN YUCATAN.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 858
El Código de Procedimientos Civiles de ese Estado, exige la presentación del documento en que se funda la preferencia del crédito reclamado, para que sea admisible la tercería.
Precedentes
Amparo civil en revisión 477/30. Mena Salomón, sucesión de. 1o. de octubre de 1931. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Joaquín Ortega. La publicación no menciona el nombre del ponente.