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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363387
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 1177
NOVACION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 1177
No es exacto que la novación de un contrato sea consecuencia de la celebración del mismo, pues la novación, en sí, es un contrato, y como tal, está sujeto a las reglas de éstos, de donde se desprende que no puede asegurarse que admitido el contrato primitivo, deba aceptarse forzosamente la novación de él.
Precedentes
Amparo civil directo 2018/30. Razo Jesús. 9 de octubre de 1931. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.