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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363401
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 1405
LANZAMIENTO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 1405
Cuando el demandado en un lanzamiento, sostiene, en su demanda de amparo, que no es inquilino, sino que ocupa la casa en virtud de un contrato distinto al de arrendamiento, como lo es de prestación de servicios, por virtud del cual cuida una casa, la demanda de amparo no es notoriamente improcedente, ni cae dentro de lo fijado por la jurisprudencia de la Suprema Corte, en materia de lanzamiento, por lo cual debe admitirse y tramitarse la demanda con arreglo a la ley.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 2680/31. González María. 17 de octubre de 1931. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.