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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363433
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 1637
COMPRAVENTA MERCANTIL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 1637
En la compraventa mercantil, como en todo acto de comercio, debe tenerse como una de las características principales, la buena fe; de modo que la ley quiere, fundándose en esa buena fe, y más aún, tratándose de operaciones que se verifican de plaza a plaza, que los pedidos se sirvan en la calidad y cantidad que se han hecho, y, por ello ha fijado en el artículo 383 del Código de Comercio, un plazo para que, cuando la calidad y cantidad no estén de acuerdo con lo que se ha deseado comprar, se haga la reclamación correspondiente, dentro de los cinco días que siguen a la recepción de la mercancía, o dentro de los treinta días, cuando se trate de vicios internos.
Precedentes
Amparo civil directo 2684/30. Rawlings Manufacturin Company. 26 de octubre de 1931. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.