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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363436
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 1644
EMBARGO DE CUPONES DE ACCIONES DE COMPAÑIAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 1644
Cuando el embargo se ha trabajado sobre los cupones de las acciones de una sociedad, y se ha notificado a ésta que retenga el importe de dichos cupones, absteniéndose de hacer el pago respectivo; y posteriormente se ha ordenado el pago al depositario, si la compañía tiene excepciones que hacer valer contra el pago, tales como la prescripción o la caducidad de los mismos cupones, porque así lo disponen sus estatutos, procede concederle el amparo contra esa orden de pago, a fin de que éste sea materia de juicio ante las autoridades comunes; ya que mientras la sociedad no sea oída ni vencida en juicio, no puede obligársele, sin formalidad alguna, a verificar de plano el pago.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1204/29. "Angustias, Dolores y Anexas", Compañía Minera. 26 de octubre de 1931. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.