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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363449
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 1817
PRESCRIPCION MERCANTIL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 1817
Si en una carta dirigida por el acreedor al deudor y en la contestación de éste, no se individualiza el crédito que se reclama, no puede considerarse que esas cartas constituyan cobro, por parte del primero, ni reconocimiento expreso por parte del segundo y por tanto no son eficaces para interrumpir la prescripción.
Precedentes
Recurso de súplica 46/30. Chico González Joaquín, sucesión de. 31 de octubre de 1931. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.