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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363485
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 2193
AUTORIDADES MUNICIPALES, CERTIFICACIONES DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 2193
Las autoridades municipales que tienen entre sus funciones, la de certificar la posesión de bienes en favor de alguna persona, por lo cual sus certificaciones en tales casos, no pueden tener otro valor probatorio, que el dicho de un testigo, recibido sin las formalidades que las leyes de procedimientos consagran, y, con especialidad, el artículo 82 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3661/30. Solís Celso. 12 de noviembre de 1931. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Francisco H. Ruiz no firmó por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.