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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363493
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 2336
TERCERIAS EXCLUYENTES DE DOMINIO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 2336
Una vez desechada la tercería excluyente de dominio interpuesta en un juicio ejecutivo mercantil, no existe motivo legal para que el Juez ordene la suspensión del procedimiento seguido en ese juicio, ni siquiera a pretexto de tener a la vista una escritura que demuestre que la finca que trata de rematarse, no es de la propiedad del demandado, sino de un extraño que no ha sido oído, pues esa suspensión equivale a revocar, sin que se llenen las formalidades que las leyes procesales exigen, las determinaciones anteriores ya firmes, que han tenido por secuestrada la finca de que se trate y que han ordenado que se saque a remate.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2854/30. Franco Rafael. 16 de noviembre de 1931. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.