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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363521
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 2656
SIMULACION DE CONTRATOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 2656
Los datos para apreciar la simulación de un contrato, deben buscarse examinando las circunstancias que hayan precedido al contrato mismo, las que hayan tenido lugar en el momento de su celebración y las posteriores, lo que constituye la causa simulandi, y que, en algunas legislaciones, ha sido elevada a la categoría de presunción legal, como en la legislación española, que se establece que se presumen fraudulentas las enajenaciones a títulos oneroso, hechas por aquellas personas contra las cuales se hubiese pronunciado antes sentencias condenatoria, en cualquiera instancia, o expendido mandamiento de embargo de bienes.
Precedentes
Amparo civil directo 3299/28. Ponce Donaciano. 28 de noviembre de 1931. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.