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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363541
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 2884
INTERDICCION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 2884
Un dictamen médico legal que haya sido rendido ante un Juez de lo Penal y en una averiguación de esa índole, no es bastante para tener por comprobado que una persona está incapacitada y sujeta a interdicción.
Precedentes
Competencia en materia civil 379/29. Suscitada entre los Jueces de Primera Instancia de San Angel, Distrito Federal, y el de igual categoría de Zimapán, Hidalgo. 8 de diciembre de 1931. Unanimidad de catorce votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.