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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363563
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 64
SALARIO MINIMO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 64
La fracción VIII del artículo 123 constitucional, establece que el salario mínimo quedará exceptuado de embargo compensación o descuento; pero como este artículo no se encuentra aún reglamentado, no puede determinarse qué es lo que debe entenderse por salario mínimo, para los efectos de la misma disposición.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2332/30. Sánchez Miguel. 7 de mayo de 1931. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Juan José Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.