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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363574
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 143
LEY NUMERO 108 DEL ESTADO DE VERACRUZ.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 143
Cualquiera que sea la doctrina que se acepte para decidir si una ley es o no de carácter retroactivo, aplicada al examen del Decreto número 108 del Estado de Veracruz, hace comprender su carácter retroactivo, no sólo en cuanto a las estipulaciones de los contratos celebrados con fecha anterior a la vigencia del referido decreto, sino también en cuanto a los derechos adquiridos antes de la expedición del mismo, por los acreedores hipotecarios, por virtud del procedimiento seguido conforme a la ley procesal respectiva. Por tanto, la aplicación de ese decreto, viola las garantías individuales consignadas en la primera parte del artículo 14 constitucional.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3158/29. Rodríguez Antonio. 9 de mayo de 1931. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.