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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363594
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 381
TERCERIAS EXCLUYENTES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 381
La falta de citación al juicio, no puede fundar una demanda de tercería excluyente, sino que debe reclamarse en la vía de amparo, cuando se trata de ejecutar la sentencia, y otro tanto debe decirse cuando se alegue la violación del artículo 283 de la Ley de Relaciones Familiares.
Precedentes
Amparo civil directo 1107/28. Prieto viuda de Figueroa Concepción. 23 de mayo de 1931. Mayoría de tres votos. Disidente: Joaquín Ortega. La publicación no menciona el nombre del ponente.