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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363602
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 392
SOCIEDADES DISUELTAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 392
Es de explorado derecho que la personalidad jurídica de una sociedad no desaparece con motivo de su disolución, sino que continúa mientras la liquidación se practica; así lo ha resuelto la Suprema Corte, refiriéndose a sociedades mercantiles, pero, doctrinalmente, existen las mismas razones para que así se resuelva cuando se trate de sociedades civiles.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3563/29. Moncada José I. 23 de mayo de 1931. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.