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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363605
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 401
DOMICILIO, RENUNCIA DEL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 401
Conforme a la legislación de Coahuila y a la del Distrito Federal, el apoderado necesita poder con cláusula especial para hacer sumisión expresa. Hay sumisión expresa, cuando los interesados renuncian de modo categórico el fuero que la ley les concede y designar con toda precisión al Juez a quien se someten.
Precedentes
Competencia en materia civil 167/27. Entre los Jueces Segundo de los Civil de México y de Primera Instancia del Ramo Civil de Viesca, Coahuila. 25 de mayo de 1931. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.