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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363615
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 526
LIBROS DE LOS COMERCIANTES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 526
Para graduar la fuerza probatoria de los libros de los comerciantes, se observarán, entre otras reglas, la de que, si uno de los comerciantes no presentare sus libros o manifestare no tenerlos, harán fe contra él, los de su adversario, llevados con todas las formalidades legales, a no demostrarse que la carencia de dichos libros, procede de fuerza mayor, y salvo, siempre, la prueba contra los asientos exhibidos, por otros medios admisibles en el juicio; y cuando se alega la fuerza mayor, debe ser comprobada esta de una manera plena.
Precedentes
Amparo civil directo 787/26. Cortina Manuel. 29 de mayo de 1931. Unanimidad de cuatro votos. Excusa: Juan José Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.