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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363624
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 655
ABANDONO DEL DOMICILIO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 655
Entre las causales del divorcio, las hay de dos clases: unas momentáneas, o que están constituidas por hechos aislados, y que se verifican durante el transcurso de un tiempo más o menos largo, y otras, que pudieran calificarse de continuas, siendo éstas las que se hallan constituidas por una serie de hechos ininterrumpidos, o por hechos cuya existencia se prolonga día a día; entre estas causales, seguramente puede señalarse como típica, el abandono del hogar, el cual puede prolongarse por un tiempo mayor que el señalado por la ley, para dar causa al divorcio; en cuyo caso, debe decirse que, si conforme a la disposición respectiva, seis meses bastan para que nazca la causal, por mayoría de razón, un tiempo más amplio da también causa al divorcio, y continuando el abandono, seguramente que no puede transcurrir el año fijado como límite por la ley para el ejercicio de la acción del divorcio, por cuanto que aún no cesa el mencionado hecho constitutivo de la causal.
Precedentes
Amparo civil directo 457/25. Rojas Rodolfo. 4 de junio de 1931. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Juan José Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Novena Parte, página 314, tesis 202, de rubro "DIVORCIO, ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL COMO CAUSAL DE.".