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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363636
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 779
GARANTIAS INDIVIDUALES, VIOLACION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 779
La violación de las garantías individuales no pueden ser alegadas por terceros extraños, sino por persona que ha sufrido la violación.
Precedentes
Amparo civil directo 2441/28. Gómez José y Manuel. 8 de junio de 1931. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Juan José Sánchez no intervino en la discusión y votación de este negocio, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.