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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363638
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 793
RECURSOS ORDINARIOS, RECHAZAMIENTO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 793
Si el Juez rechaza un recurso ordinario, que tiene derecho de interponer el litigante, con ello viola, en su perjuicio, las garantías de los artículos 14 y 16 constitucionales.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2611/30. Arias J. Refugio. 8 de junio de 1931. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Juan José Sánchez, no votó por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.