Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/363671
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363671
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 1089
JUICIOS EJECUTIVOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 1089
Si en el juicio ejecutivo se opone oportunamente alguna excepción contra la forma del juicio, o, lo que es igual, contra la procedencia de la vía, el Juez debe resolver en la sentencia definitiva, sobre la procedencia de la acción, y, en su caso, decidir sobre los derechos controvertidos, ya que el auto que da forma al juicio, no tiene el carácter de definitivo.
Precedentes
Amparo civil directo 4170/30. Gil de Heaven Manuela, sucesión de. 8 de julio de 1931. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.