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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363710
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 1363
AMPARO DIRECTO CONTRA SENTENCIAS DE PRIMERA INSTANCIA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 1363
El amparo directo procede contra las sentencias de primera instancia dictadas en negocios que, por razón de su cuantía, no admiten el recurso de apelación.
Precedentes
Amparo civil en revisión 258/31. Castillo viuda de Reynoso Loreto. 21 de julio de 1931. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Juan José Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo XXIX, página 1706. Amparo civil directo 843/30. López Quirino, sucesión de. 16 de agosto de 1930. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alberto Vázquez del Mercado. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca:
Tomo XXV, página 113, tesis de rubro "AMPARO DIRECTO.".
Tomo XXIX, página 1098, tesis de rubro "AMPARO DIRECTO CONTRA SENTENCIAS DE PRIMERA INSTANCIA.".