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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363738
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 1637
DOTACION DE AGUAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 1637
Si en un fallo presidencial se manda entregar el uso y aprovechamiento de las aguas necesarias para el riego de las tierras con que se dotó a un pueblo, y dichas aguas estaban dadas en concesión a tercera persona, y ésta no recurrió en tiempo el fallo presidencial, en el punto que la afectaba, es ilegal sostener en el amparo, que las autoridades ejecutoras, para demostrar que existe utilidad pública, en el aprovechamiento de esas aguas, deben justificar que sólo atacando los derechos del concesionario, se puede cumplir con la resolución presidencial.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4701/28. Bermejillo Luis. 31 de julio de 1931. Unanimidad de cinco votos. Relator: Jesús Guzmán Vaca.