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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363753
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 1733
AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 1733
Este recurso extraordinario, por razón de su índole, no tiene como finalidad resolver, en forma especulativa o teórica, sobre la legalidad o ilegalidad de los actos reclamados de las autoridades señaladas como responsables, sino proteger al individuo frente a un menoscabo que pueda resultar en su persona, patrimonio o derechos patrimoniales, como consecuencia de la ejecución del acto estimado ilegal; de donde se infiere que para que proceda el juicio de garantías, es requisito que el acto reclamado sea capaz, en sí mismo, de originar algún perjuicio de la índole anotada, siguiendo el principio de que no hay acción sin interés.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2293/30. Penn Mex Fuel Company. 6 de agosto de 1931. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.