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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363754
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 1734
SUCESIONES, INVENTARIOS DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 1734
El hecho de que se liste y aun valorice en los inventarios de una sucesión, algo que otro considere como de su propiedad, no determina nada sobre los derechos del tercero, pues en la jurisdicción mixta, las resoluciones se dictan sin perjuicio de tercero que mejor derecho presente; por tanto, el simple hecho de listar un inmueble como propiedad de una sucesión y aun de valorizarlo, no es fundamento bastante para la procedencia del amparo.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2293/30. Penn Mex Fuel Company. 6 de agosto de 1931. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.